Las cooperativas de crédito en España | Centro Cultural de la Cooperación

Las cooperativas de crédito en España

28/02/2014


La Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (Unacc) ha publicado un nuevo número de la colección 40 Unacc, titulado 'España en la línea de salida', en la que destacadas personalidades del mundo financiero, nacional e internacional, abordan algunas importantes medidas que están impactando en el modelo de crecimiento económico del país y en el que se plantea los retos que tiene pendientes en los próximos meses.

Según se explica en la presentación del monográfico, el objetivo de este número es servir de reflexión sobre la realidad económica que está viviendo nuestro país desde una perspectiva muy amplia -empresarial, financiera, legislativa y de gobernanza, entre otras-, para ir centrando la atención en el sector financiero, en especial en las cooperativas de crédito, que también han vivido un auténtico proceso de transformación en los últimos cinco años

Del libro, hemos seleccionado el artículo de Carmen Motellón, directora financiera de la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (Unacc), titulado 'Las cooperativas de crédito, la consolidación dentro del modelo', que realiza un exhaustivo repaso al proceso de concentración que ha vivido el sector de banca cooperativa en la crisis, que ha reducido a menos de la mitad el número de entidades, desde las 81 existentes en 2008 a los 40 grupos consolidables que conforman el sector en 2013.

Adjuntamos al final el texto completo del libro.

Las cooperativas de crédito, la consolidación dentro del modelo

Carmen Motellón García

Directora Financiera de la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (Unacc)

«Conseguir que se tomen en consideración las singularidades que dan fuerza al modelo y que se preserve la diversidad del ecosistema financiero, será el reto al que deberá dar cumplida respuesta el sector».

La crisis ha cambiado por completo el mapa del sistema financiero español en su conjunto y del sector de cooperativas de crédito, en particular. Aunque ha sido la reestructuración de las cajas de ahorros la que más repercusión ha tenido y la que más titulares ha acaparado durante este periodo, también el sector de las cooperativas de crédito ha vivido un proceso de consolidación sin precedentes en su historia.

Al comienzo de la crisis existían 81 cooperativas de crédito, que partían de una buena situación, gracias a los potentes ratios de capitalización que tenían, su gran base societaria, la positiva relación de depósitos/créditos, la liquidez y la baja morosidad de sus carteras. No obstante, el sector no ha sido ajeno ni a los continuos cambios legislativos, que han obligado a ir adaptándose y a realizar provisiones históricas, ni a la duración de las distintas crisis, que, de forma encadenada hemos sufrido: de liquidez, financiera, de deuda...

Todo ello, junto con la imperiosa necesidad de ganar eficiencia, ha llevado a que a cierre de 2013 el sector esté conformado por 40 grupos consolidables, que agrupan a las 65 cooperativas de crédito existentes en España.

2009-2010. Un sector pionero: primeros ejemplos

Aunque los primeros pasos de concentración en el mundo del sector financiero, especialmente en las cajas de ahorros, empezaron a fraguarse a raíz de la creación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) en el Real Decreto ley 9/2009 que permitía intervenciones y procesos de integración y reestructuración, las cooperativas de crédito ya habían comenzado un proceso de concentración paralelo y sin ayudas públicas.

Cajamar Caja Rural S.C.C (a partir de ahora Cajamar) fue pionera en España al constituir el primer SIP -Sistema Institucional de Protección (ver apoyo 70) - que tuvo la categoría de grupo consolidable. Así, antes de finales de 2009 se creó el Grupo Cooperativo Cajamar, del cual formaba parte Cajamar como sociedad central y cabecera del grupo consolidable y que estaba integrado además por Caja Campo Caja Rural S.C.C y Caja Rural de Casinos, S.C.C.V.; tres entidades a las que poco a poco se irían sumando otras, unas veces mediante integración en el SIP como Caja de Crédito de Petrel, Caja Rural, C.C.V., Caixa Rural de Turís, C.C.V. y Caixa Rural de Albalat dels Sorells, C.C.V. en 2010 y otras veces mediante operaciones de fusión.

En 2010 Caja Rural del Mediterráneo, Ruralcaja, S.C.C., (a partir de ahora Ruralcaja), fruto de la fusión de las cajas rurales de Alicante, Elche, Valencia, y Credicoop de Castellón, lideró la creación del Grupo Cajas Rurales del Mediterráneo, cuya cabecera era Ruralcaja y estuvo conformado ya desde sus inicios por Caixa Rural Altea, C.C.V., Caja Rural San Roque de Almenara, S.C.C.V., Caixa Rural de Callosa d'en Sarrià, C.C.V., Caja Rural San José de Burriana, S.C.C.V., Caixa Rural Torrent, C.C.V., Caja Rural San Jaime de Alquerías Niño Perdido, S.C.C.V., Caja Rural de Cheste, S.C.C., Caja Rural San José de Nules, S.C.C.V., Caja Rural La Junquera de Chilches, S.C.C.V., Caixa Rural Sant Josep de Vilavella, S.C.C.V., Caja Rural San Isidro de Vilafamés, S.C.C.V., Caja Rural de Alginet, S.C.C.V. y Crèdit Valencia, Caja Rural, C.C.V.

Mientras, en esos dos años también asistimos a varias fusiones como la de Caja de los Abogados, S.C.C con Caja Rural Aragonesa y de los Pirineos S.C.C, la de Caixa Rural de Balears, S.C.C con Cajamar y la de Caja Rural de La Roda, S.C.C. con Caja Rural de Albacete S.C.C. Estos primeros procesos de concentración hicieron que a finales de 2010 el número de entidades se situase en 78 cooperativas de crédito, agrupadas en torno a 60 grupos consolidables.

2011. Más pasos de consolidación

Dado que las dudas sobre el sistema financiero español continuaban, el Real Decreto-ley 2/2011 para el reforzamiento del sistema financiero español, aprobado el 18 de febrero de 2011 y convalidado por el Parlamento el 10 de marzo de ese mismo año, abrió otra fase en el proceso de reestructuración y saneamiento de las entidades españolas. Esta norma introdujo un nuevo coeficiente de capital del 8% ó 10%, según los casos, que debía cubrirse con instrumentos de capital principal, y ofreció el apoyo financiero del FROB, que se materializaría mediante suscripción de acciones para las entidades que no alcanzasen los niveles mínimos requeridos y no hubieran utilizado otras alternativas de recapitalización. Una ayuda que no necesitó el sector de las cooperativas de crédito.

Conforme a las previsiones contenidas en el Real Decreto-ley, las cooperativas de crédito debían alcanzar un capital principal del 8%, en vez del 10% que le era exigido a otras entidades, ya que las cooperativas de crédito reunían dos características. Por una parte, su financiación no dependía de los mercado mayoristas; y por otra, contaban con una amplia base accionarial, en la terminología cooperativa, amplia base social. No le eran de aplicación, por tanto, ratios adicionales ya que, conforme a la norma, el ratio se elevaba al 10% para aquellos grupos o entidades que no habían colocado títulos representativos de su capital social o derechos de voto a terceros por al menos el 20% y que, además, presentaban un porcentaje de financiación mayorista superior al 20%.

Frente a la situación de 12 entidades de crédito (4 bancos y 8 cajas de ahorros), que se veían obligadas a reforzar su capital por un importe de más de 15.000 millones de euros, el comunicado del Banco de España del 10 de marzo de 2011 era claro: los 60 grupos consolidables de cooperativas de crédito que existían en ese momento en España cumplían con los requisitos de capital exigidos. Esto permitió al sector de cooperativas de crédito continuar de forma tranquila y sin sobresaltos el proceso de consolidación durante los siguientes trimestres.

Por una parte, se crearon 2 nuevos grupos cooperativos: el Grupo Cooperativo Ibérico de Crédito y Grupo Cooperativo Solventia. El Grupo Cooperativo Ibérico se constituyó en torno a Caja Rural del Sur, S.C.C. como cabecera e integrado, además, por Caja Rural de Extremadura, S.C.C. y Caja Rural de Córdoba, S.C.C.; y, el Grupo Cooperativo Solventia que agrupaba, con Caja Rural de Almendralejo, S.C.C. como cabecera, a Caja Rural de Utrera, S.C.A.C., Caja Rural de Baena Nuestra Señora de Guadalupe, S.C.C.A., Caja Rural Nuestra Señora del Rosario, S.C.A.C., Caja Rural de Cañete de las Torres Nuestra Señora del Campo, S.C.A.C. y Caja Rural Nuestra Madre del Sol, S.C.A.C.

Por otra, Caja Rural Castellón San Isidro, S.C.C.V. se unió al Grupo Cooperativo Cajamar y Caja Campo Caja Rural S.C.C. acabó fusionándose con la cabecera, Cajamar. Paralelamente, Caja Rural de Villar, C.C.V. se incorporó al Grupo Cooperativo Caja Rural del Mediterráneo.

Otra de las figuras utilizadas por el sector fue la de las fusiones. En 2011 vio la luz una nueva cooperativa de crédito llamada Nueva Caja Rural de Aragón, S.C.C., conocida comercialmente como Bantierra, que nació de la unión de dos entidades con una larga trayectoria en el sector: Caja Rural Aragonesa y de los Pirineos S.C.C (Multicaja) y Caja Rural de Aragón S.C.C (Cajalón), que, como un paso intermedio para la integración, utilizaron la figura de la cooperativa de crédito de segundo grado.

Otra de las operaciones de ese año fue la creación de Caja Rural de Albacete, Ciudad Real y Cuenca, S.C.C., que adoptó el nombre comercial de Globalcaja, mediante lo que ellas mismas denominaron fusión entre iguales.

Con todo ello, el año 2011 finalizó con un saldo de 74 cooperativas de crédito; 48 en términos de grupos consolidables.

Las figuras de la concentración

Las cooperativas de crédito, al tener una naturaleza mixta, por un lado, de cooperativas y por otro, de entidades de crédito, se ven afectadas por un doble régimen jurídico. En primer lugar, a todas las cooperativas de crédito españolas, sin excepción, les resulta de aplicación la legislación financiera estatal de carácter básico, elaborada fundamentalmente por el Ministerio de Economía y Competitividad y por el Banco de España. Ahora bien, como sociedades cooperativas, supletoriamente les es de aplicación la legislación de cooperativas, es decir, la legislación estatal o la legislación autonómica correspondiente.

En este sentido, la figura del grupo cooperativo, como su nombre indica, es una figura típica del modelo cooperativo que recoge la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas en su artículo 78. En él se entiende por grupo cooperativo el conjunto formado por varias sociedades cooperativas, cualquiera que sea su clase, y la entidad cabeza de grupo que ejercita facultades o emite instrucciones de obligado cumplimiento para las cooperativas agrupadas, de forma que se produce una unidad de decisión en el ámbito de dichas facultades.

No obstante, este grupo cooperativo, a efectos del Banco de España, tiene que cumplir una serie de requisitos adicionales para ser considerado grupo consolidable. Y en este sentido, los requisitos están recogidos en el artículo 8.3 de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros: "Se considerará que un grupo de entidades financieras constituye un grupo consolidable de entidades de crédito cuando se dé alguna de las circunstancias siguientes:

a. Que una entidad de crédito controle, de acuerdo con el artículo 42 del Código de Comercio, a las demás entidades.

b. Que la entidad dominante sea una entidad cuya actividad principal consista en tener participaciones en entidades de crédito.

c. Que una empresa cuya actividad principal consista en tener participaciones en entidades financieras, una persona física, un grupo de personas físicas que actúen sistemáticamente en concierto, o una entidad no consolidable con arreglo a esta Ley, controlen a varias entidades financieras, siendo al menos una de ellas una entidad de crédito, y siempre que las entidades de crédito sean las de mayor dimensión relativa entre las entidades financieras, de conformidad con los criterios que establezca al efecto el Ministro de Economía y Competitividad.

d. Que a través de un acuerdo contractual varias entidades de crédito integren un sistema institucional de protección que cumpla con los siguientes requisitos:

i. Que exista una entidad central que determine con carácter vinculante sus políticas y estrategias de negocio, así como los niveles y medidas de control interno y de gestión de riesgos. Esta entidad central será la responsable de cumplir los requerimientos regulatorios en base consolidada del sistema institucional de protección.

ii. Que la citada entidad central sea una de las entidades de crédito integrantes del sistema institucional de protección u otra entidad de crédito participada por todas ellas y que formará asimismo parte del sistema.

iii. Que el acuerdo contractual que constituye el sistema institucional de protección contenga un compromiso mutuo de solvencia y liquidez entre las entidades integrantes del sistema que alcance como mínimo el 40% de los recursos propios computables de cada una de ellas, en lo que se refiere al apoyo de solvencia. El compromiso de apoyo mutuo incluirá las previsiones necesarias para que el apoyo entre sus integrantes se lleve a cabo a través de fondos inmediatamente disponibles.

iv. Que las entidades integrantes del sistema institucional de protección pongan en común una parte significativa de sus resultados, que suponga al menos el 40% de los mismos y que deberá ser distribuida de manera proporcional a la participación de cada una de ellas en el sistema.

v. Que el acuerdo contractual establezca que las entidades deberán permanecer en el sistema un periodo mínimo de 10 años, debiendo preavisar con, al menos, 2 años de antelación su deseo de abandonar el mismo transcurrido aquel período. Adicionalmente, el acuerdo deberá incluir un régimen de penalizaciones por baja que refuerce la permanencia y estabilidad de las entidades en el sistema institucional de protección.

vi. Que, a juicio del Banco de España, se cumplan los requisitos previstos en la normativa vigente sobre recursos propios de las entidades financieras para asignar una ponderación de riesgo del 0% a las exposiciones que tengan entre sí los integrantes del sistema institucional de protección".

A esta legislación se une la norma tercera de la Circular del Banco de España 3/2008, de 22 de mayo, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos, que define como grupo consolidable el grupo formado por dos o más entidades consolidables por razón de su actividad, en los que concurran alguna de las circunstancias que cita y que son las que establece el artículo 8 de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros y se centran básicamente en que la entidad dominante sea española.

2012. Siguen las dudas: la gran concentración

A pesar de los cambios de regulación, a finales de 2011 y principios de 2012 reaparecieron las sombras en el panorama del sector financiero, esta vez, en forma de dudas sobre los mercados de deuda soberana en Europa, lo que, unido a otros factores, sembró la incertidumbre sobre la solvencia de las entidades de crédito como consecuencia de sus relevantes carteras de deuda soberana. A estos temores se añadían las extendidas sospechas de sobrevaloración de las exposiciones de los bancos al sector inmobiliario, lo que dificultaba aún más la financiación de las entidades en el mercado, así como la captación de recursos propios para acometer procesos de recapitalización.

En este contexto se aprueba el Real Decreto-ley 2/2012 de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero. En él se obligaba a provisionar los activos inmobiliarios por encima de los importes existentes en esa fecha, con el fin de eliminar la incertidumbre sobre la valoración de las carteras de las entidades. Además, y completando esta labor de reforzamiento de los balances, se establecía una exigencia adicional de reforzamiento de los fondos propios, calculada también en función de esas exposiciones inmobiliarias. De esta forma, los objetivos de esta norma eran varios: fomentar la concentración del sector bancario para conseguir la reducción de su sobredimensionamiento y la mejora de su eficiencia; desarrollar el régimen de las cajas de ahorros que se encontraba en ejercicio indirecto por haber segregado su actividad financiera a bancos y establecer restricciones a la retribución de los administradores y directivos de entidades que habían recibido apoyos financieros públicos.

Esta norma establecía una particularidad para el sector de las cooperativas de crédito. Una importantísima excepción. Mientras que a otros tipos de entidades sólo les estaban permitidos los procesos de integración mediante fusiones, a las cooperativas de crédito también se les permitía utilizar la fórmula de SIP o grupo cooperativo, basado exclusivamente en vínculos contractuales.

De esta forma, el proceso de consolidación en las cooperativas de crédito pudo continuar su curso, sin sobresaltos y con tranquilidad en la primera parte de 2012, ya que el impacto de este Real Decreto-ley fue limitado, dada la proporcionalmente menor exposición que tenía este sector al mundo inmobiliario.

En poco tiempo, asistimos a una nueva vuelta de tuerca del Gobierno: la aprobación del Real Decreto-ley 18/2012 -finalmente Ley 8/2012-, que obligaba a las entidades a provisionar los activos no problemáticos, lo que suponía aproximadamente 30.000 millones de euros de nuevas dotaciones sobre los 54.000 millones de euros ya realizados tras la aprobación del Real Decreto ley de reforma financiera de febrero.

El saneamiento de los balances como consecuencia de ambos Reales Decretos-ley se situaba cerca de los 84.000 millones de euros, un gran número de entidades de crédito entraron en pérdidas y otras no fueron capaces de avanzar en su proceso de reestructuración, por lo que los hechos se sucedieron rápidamente. En junio, el Gobierno español se vio obligado a pedir a Bruselas hasta 100.000 millones de euros para sanear el sector financiero, un rescate que vino acompañado de una serie de exigencias, que se plasmaron en el Real Decreto ley 24/2012 de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito -en la actualidad Ley 9/2012-. Entre estas medidas estaba la creación del nuevo FROB, la fijación del nivel de capital en el 9% y la adopción de un avanzado sistema de reestructuración y resolución de entidades bancarias.

Esta avalancha regulatoria aceleró los movimientos de concentración en todo el sistema financiero español y, por ende, los de las cooperativas de crédito, donde la consolidación continuó sin necesidad de ningún apoyo público y, por tanto, sin coste alguno para el contribuyente.

De hecho, si hay un año que destaca por la profundidad de los procesos de consolidación de las cooperativas de crédito, este es 2012. La noticia más importante, en términos de integración, fue la protagonizada por los Consejos Rectores de Ruralcaja y Cajamar que, en el último trimestre de ese año cerraron la fusión de ambas entidades mediante la creación de una nueva que se denominaba Cajas Rurales Unidas, S.C.C. (que sumaba los activos de la primera y la tercera cooperativa de crédito del país), y cuyo grupo consolidable estaba formado por 22 cooperativas de crédito, con lo que se aupaba al grupo de las 20 entidades más grandes por activos en España.

No obstante, no fue el único movimiento del año. También fuimos espectadores del proceso de integración de las dos cooperativas de crédito con sede social en el País Vasco: Caja Laboral Popular, C.C. e Ipar Kutxa Rural, S.C.C.; es una unión que le permitió seguir ostentando el segundo lugar en volumen del sector, eso sí, incrementando notablemente la distancia sobre las siguientes. Además, vimos la fusión que alumbró la Caja Rural de Burgos, Fuentepelayo, Segovia y Castelldans, S.C.C., cuyo nombre comercial es CajaViva.

El sector cerró 2012 con 68 cooperativas de crédito, 40 en términos de grupos, es decir, menos de la mitad que los que vieron el comienzo de la crisis. Tras estos convulsos años, el repaso de 2013, cuando está a punto de finalizar el ejercicio, arroja la sensación de que este año, ha sido un año de transición, en el que, según los registros del Banco de España, únicamente se han producido 3 fusiones. Son los casos de Caja Rural de Casinos, S.C.C.V., Caja Rural de Ca-narias, S.C.C. y Credit Valencia, Caja Rural C.C.V., todas ellas pertenecientes al grupo Cajas Rurales Unidas, S.C.C., fusionadas con la cabecera.

Por ello, el recuento final a esta fecha, se mantiene en los 40 grupos con los que ya cerró el año pasado, mientras que el número de entidades baja hasta 65, configurando un sector cuyas grandes cifras son: en torno a 138.000 millones de euros en activos, 4.600 oficinas, 19.600 trabajados y 2,5 millones de socios y que pese a los decididos pasos, que han llevado a una concentración sin precedentes, no puede decir que haya superado la atomización.

Algunos datos dan la medida del proceso llevado a cabo. Por un lado, el hecho de que la primera entidad del sector se encuentre, junto con los grandes bancos, en el perímetro de supervisión del BCE; el que Cajamar y Caja Laboral Popular, C.C., representen el 50% de los activos totales del sector, o el que los 10 primeros grupos supongan el 85%. Por otro, el que en estos momentos sean 20 las cooperativas de crédito con un balance inferior a los 1.000 millones de euros no integradas en grupos, frente a las 57 que existían en 2008. Sin embargo, el balance medio de las cooperativas de crédito escasamente supera los 2.000 millones de euros, eso sí, después de haberse incrementado en casi un 45% desde los 1.395 millones que arrojaba en 2008.


¿Proceso acabado? El reto de gestionar el futuro.

El año que está a punto de comenzar va a ser un año clave para el sector de cooperativas de crédito, en el que nuevas operaciones y un nuevo entorno serán los que marquen la pauta. Que el sector pueda seguir liderando su propio futuro vendrá determinado por su capacidad de adaptación. Adaptación a los nuevos requerimientos, a nuevas formas de hacer banca, a los nuevos hábitos de consumo, a las nuevas forma de comunicación….

En el capítulo de los nuevos requerimientos, el sector de cooperativas de crédito tendrá que seguir adaptándose a las nuevas exigencias que vaya imponiendo el cambiante y cada vez más exigente marco regulatorio, en materia de solvencia, liquidez, apalancamiento, requisitos de información, transparencia, mejoras de la gobernanza de las entidades, protección de los clientes… Y todo ello, dentro del marco del modelo cooperativo, por lo que conseguir que se tomen en consideración las singularidades que dan fuerza al modelo y que se preserve la diversidad del ecosistema financiero, será el reto al que deberá dar cumplida respuesta el sector.

En el marco operativo, será la búsqueda de soluciones que permitan seguir ganando eficiencia, vía aumentos de productividad, disminución de costes, integración de plataformas, creación de sistemas potentes… La que algunos consideraban al inicio de la crisis como la gran asignatura pendiente del sector, no debe darse por cerrada, pese a exhibir a finales de 2013 ratios de eficiencia perfectamente comparables a la media del sector financiero después de haber recortado más 12 puntos porcentuales en los últimos 2 años.


En la relación con el modelo de banca, el sector, con cerca del 60% de sus oficinas en municipios de menos de 25.000 habitantes, tendrá que afrontar la redefinición del concepto “cercanía con el cliente”. Aunque es cierto que el hecho de tener una oficina, a la que los clientes puedan acudir, permite a la entidad estar más próxima a los usuarios y seguir conociendo y solucionando sus necesidades financieras, hay que ser consciente de que no sólo el espacio físico y el concepto de oficina tienen que sufrir una profunda mutación, sino que además la sucursal no es el único camino para asegurar la cercanía. En primer lugar, porque en la nueva era financiera la oficina de la cooperativa de crédito debe escalar un nivel en la jerarquía y convertirse en un centro de negocios y de asesoramiento financiero a los clientes, donde se les aporte valor añadido y se busque la optimización del resto de la red. Estas oficinas se convertirán en el núcleo que permitirá implementar las estrategias adecuadas para que el cliente conozca todas las herramientas que tiene a su disposición, se familiarice con ellas y sepa realizar el necesario trasvase desde el trato personal a otras herramientas que la entidad pone a su disposición, sobre todo, en las operaciones más sencillas.

En segundo lugar, porque las oficinas tienen sus limitaciones: de tiempo y de ubicación. Ahora, en la nueva era, las oficinas tienen que ser complementarias, pero no excluyentes de la capacidad de hacer banca. En el siglo XXI el cliente busca comodidad y, sobre todo, flexibilidad, y demanda acceso a los servicios bancarios las 24 horas del día y sin importar dónde se encuentre. Y en este sentido, las nuevas tecnologías son el camino, porque permiten tener a los potenciales clientes a golpe de clic. El cliente es global y la disponibilidad de la nueva banca cooperativa tiene que ser global. Hay que ofrecer una banca versátil, en la que a través de multitud de canales se ofrezcan servicios personalizados para cada tipo de socio y cliente.

En la relación con el cliente, la oportunidad de las cooperativas de crédito será la de utilizar el alto grado de involucración que tienen sus socios con la entidad como una fuente de información que les permita saber y responder a la demanda creciente de servicios innovadores y personalizados y como potente herramienta de ayuda en la toma de decisiones.

Por último, no se puede cerrar un mínimo repaso a algunos de los retos de futuro sin citar la gobernanza de las entidades, y es que la capacidad del sector para seguir gobernando su futuro parte de una buena gobernanza y de su mejora, de manera que muestre un fuerte control del riesgo y que establezca una estrategia clara y transparente, que genere confianza desincentivando los modelos de gestión cortoplacistas dotando a las entidades de una estructura profesional con visión a largo plazo.

Para acabar, dos ideas, ambas de Steve Jobs: “La innovación distingue entre un líder y un seguidor” y "Puedes preguntarle a los clientes qué es lo que quieren y después intentar dárselo. Para cuando lo tengas construido, ellos querrán algo nuevo". Dos ideas que creíamos que resumían el futuro, pero, que como dicen nuestros mayores, ahora que todo va tan rápido, son el presente. Nuestro presente, cuando se publique este artículo, será afrontar el 2014 que ya habrá comenzado.


Conforme a la nota de prensa del Banco de España, de 10 de marzo de 2011

http://www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/SalaPrensa/NotasInformativas/11...

Recordemos que en estos momentos de las 78 cooperativas de crédito existentes en España 6 de ellas conformaban el grupo Cajamar y otras 14 el grupo CRM.

Conforme a la referencia del Consejo de Ministros del 11 de mayo de 2012:

http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2012/refc201...

En ese año Caja Rural de Canarias, S.C.C se había incorporado al grupo de Cajamar, Caja Rural Castellón San Isidro, S.C.C se había fusionado con la cabecera, mientras que Caixa Rural Sant Vicent Ferrer de la Vall d'Uixó, C.C.V. y Caja Rural Católico Agraria, S.C.C.V se incorporaron a Cajas Rurales Unidas tras su creación

TEXTO COMPLETO: unaccespana-en-la-linea-de-salida

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