El sinuoso camino del desendeudamiento | Centro Cultural de la Cooperación

El sinuoso camino del desendeudamiento

18/05/2014

Martin Burgos

Cuando Argentina declara el default de su deuda externa en diciembre de 2001, muchos economistas decían que para nuestro país se iniciaba una travesía del desierto y que, seguramente, se iniciaba una nueva década perdida. La  historia que sigue es bien conocida:


El ejemplo argentino fue y sigue siendo molesto para el poder financiero mundial: demuestra que la deuda externa no tiene una función de ayuda para los países que lo necesiten, sino que al contrario se constituye en un mecanismo de dependencia y de traba al desarrollo económico. Por otra parte, la reestructuración significó para el poder financiero internacional una fuerte pérdida de ganancia. En efecto, esa reestructuración repartió costos de manera más equitativa entre los prestatarios y los prestamistas, de manera que el premio nobel Joseph Stiglitz en su libro "Como hacer que funcione la globalización" publicado en 2006 la puso como ejemplo para pedir cambios en el sistema financiero internacional.

No se nos puede escapar que el “paradigma argentino” está siendo tomado como ejemplo por todos los partidos políticos críticos de la política económica llevada adelante por la Unión Europea para salvar al Euro, al precio de ajustes muy similares a los ocurridos en nuestro país durante los años noventa. Solo falta recorrer los principales diarios de Francia, España o Italia para ver la manera en que fustigan al gobierno de Cristina Fernandez, replicando las mentiras de la corporación mediática local, para darnos una idea del alcance que está teniendo el proceso argentino en la lucha contra el poder financiero global.


Es en ese contexto que hay que entender la importancia de la pelea jurídica de los fondos buitres que quedaron fuera del canje de la deuda en 2005 y 2010. Estos fondos buitres tienen como operatoria comprar las deudas públicas en dificultad o directamente en default con el objetivo de cobrarlas mediante una acción jurídica. En el caso argentino, si bien estos solo representan 7% del total de los acreedores de la deuda reestructurada, ponen en dificultad a todo el proceso. En efecto, una interpretación jurídica extrema -pero posible- de lo ocurrido hasta ahora podría poner en duda cualquier proceso de reestructuración en el futuro. Por lo tanto, de empeorarse la recesión económica en Europa, se cerraría el “camino argentino” de resolución de crisis de la deuda para países como Grecia, España, Italia, o cualquiera que esté en dificultades financieras.


Resulta evidente que los fondos buitres actúan como sucursales ocultas del sistema financiero más formal, escondidas en una trama de redes globales donde los “paraísos fiscales” constituyen el decorado central. Desde esa óptica, el camino del desendeudamiento argentino fue más dificultoso que el de Brasil, por ejemplo, que no tuvo que enfrentar un default y pudo crecer con entrada de capitales extranjeros. La función del juicio llevado adelante por los fondos buitres, por lo tanto, es una piedra más en el camino para reducir la fragilidad externa de nuestra economía. Paradójicamente, tal vez esta mayor fragilidad externa implicó para argentina un proceso político más radical que el de Brasil.

Los argumentos utilizados por los fondos buitres en los tribunales de Estados Unidos son tan extremos que ponen en duda incluso algunas formas de soberanía con tal de ejecutar la sentencia del juez Griesa, como por ejemplo cobrar los activos de la Argentina en el exterior. En una perspectiva histórica de largo alcance, puede interpretarse el juicio actual como un episodio más de la larga pelea entre el sistema financiero internacional y los Estados-Naciones, entre el poder económico y la democracia, del cual lo ocurrido con la Fragata Libertad el año pasado es una anécdota de fuerte tono simbólico. Es de esperar que la ilegitimidad del reclamo de los fondos buitres tenga su justo rechazo legal, tal como ocurrió el siglo pasado con la Doctrina Drago que se oponía a que una deuda impaga por el Estado Venezolano sea cobrada con una porción de su territorio por parte de las potencias europeas.

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