La deuda pública en Argentina: un análisis del canje del año 2005 | Centro Cultural de la Cooperación

La deuda pública en Argentina: un análisis del canje del año 2005

Autor/es: Christian Gogliormella, Estanislao Malic

Sección: Estudios de Economía Política y Sistema Mundial

Edición: 18


Los usureros de todas las calañas reclaman siempre a voz en cuello títulos y documentos. Los juristas les dan esta respuesta: In malis promisis. Por su parte, los teólogos declaran que las cartas dirigidas al diablo no tienen ningún valor, aunque estén escritas y selladas con sangre, pues lo que va contra Dios, contra la justicia y contra natura, es inválido y nulo. ¿Cuándo habrá, pues, un príncipe lo bastante enérgico para intervenir valientemente y romper todos estos títulos?

Lutero y la usura

1. Contexto

Históricamente, la deuda externa cumplió un papel fundamental como mecanismo de dominación de los países desarrollados sobre aquellos que intentan lograr un mayor desarrollo productivo y social, para alcanzar, de esa forma, un mejor nivel de vida para la población.

De este modo, “La deuda externa fue en todos los tiempos un instrumento de succión de las riquezas nacionales, de imposición de políticas y de dominación de grupos políticos y económicos” que atentaron contra cualquier posibilidad real de un desarrollo nacional. La supuesta necesidad del ahorro externo derivó en especulación financiera, fuga de divisas, condicionamiento de políticas, y la consolidación de grupos hegemónicos conservadores y aliados a los sectores que atentaban contra el interés nacional.

A mediados de la década del 70, el sistema financiero mundial sufrió fuertes transformaciones, que se caracterizaron por un brusco incremento de la liquidez internacional y un proceso global de desregulación y liberalización de los movimientos internacionales de capital, que quedaron fuera del control de los bancos centrales. Fue así cómo una masa financiera en creciente expansión se dirigió hacia los países en desarrollo en búsqueda de inversiones rentables. Estos cambios tuvieron importantes efectos sobre el funcionamiento de la economía mundial y, en particular, sobre América Latina.

Fue a partir de estas transformaciones que tuvieron lugar en el centro de funcionamiento del sistema económico mundial y de las reformas implementadas por el proceso dictatorial más cruento que vivió nuestro país, que la deuda pública argentina experimentó un fuerte incremento. La deuda se convirtió en la principal restricción para el desarrollo, en nombre de la cual se aplicaron las políticas de desindustrialización y extranjerización de la actividad económica, dictadas por el poder financiero internacional comúnmente conocidas como el Consenso de Washington.i

Esta restricción se acentuó aún más durante los gobiernos democráticos que le siguieron, en los cuales, con la complicidad de los diferentes actores económicos internos y externos, fueron llevadas a cabo todo tipo de políticas que pasaron por la estatización de la deuda externa privada, la privatización de las empresas públicas a cambio de bonos de la deuda, y un creciente endeudamiento externo para sostener actividades especulativas, la fuga de divisas, y una artificial convertibilidad.

Este proceso de endeudamiento sin límites ni control experimentó su mayor crisis en diciembre del año 2001, cuando el modelo neoliberal implementado durante una década y que fuera acompañado por el proceso de la convertibilidad, mostró su completo agotamiento al no poder recurrir al endeudamiento externo para poder seguir sobreviviendo.

Las jornadas del 19 y 20 de diciembre terminaron por derrumbar la farsa y mostraron que el modelo que había destruido la base industrial conformada a lo largo de varias décadas, dejó al país con un nivel de desocupación y pobreza sin precedentes; y con la pesada carga de una deuda pública que hacía tiempo se evidenciaba como impagable.

En un contexto de crisis política, económica y social, en donde la representatividad y la gobernabilidad eran muy frágiles, se sucedieron 5 presidentes en una semana, hasta que el 24 de diciembre de 2001, el entonces presidente provisional Adolfo Rodríguez Saa anunció la suspensión y el diferimiento de los pagos de la deuda pública, la cual totalizaba U$S 144.453 millones al 31 de diciembre de 2001 y en donde el endeudamiento externo representaba un 61% de la misma. Sin embargo, luego de asumir el Presidente Eduardo Duhalde el 2 de enero de 2002, una parte de la deuda pública fue regularizada, manteniéndose en default sólo los títulos públicos emitidos hasta esa fecha y la deuda agrupada en los segmentos de Bilaterales (Club de París), Banca Comercial y Otros.

El diferimiento de pagos de una parte de la deuda pública fue autorizado y avalado por el Congreso Nacional a través de las sucesivas leyes de presupuesto aprobadas para los años posteriores.

A partir del año 2003, luego de que en el mes de mayo asumiera la presidencia Néstor Kirchner, se produjo un cambio en el modelo económico que había estado vigente durante los años ´90. Una mayor presencia estatal y un cambio de dirección de las políticas públicas impulsaron el período de crecimiento más largo que había experimentado nuestro país. El nuevo tipo de cambio favoreció el aumento de la actividad industrial y un incremento de las exportaciones. La mejora en las cuentas externas, a su vez, permitió alcanzar una fuerte acumulación de reservas internacionales. La priorización del mercado interno logró disminuir el desempleo y la pobreza, convirtiendo a la inclusión social en uno de los pilares del modelo.

Es en este contexto de crecimiento y recuperación de la actividad económica que el Presidente Néstor Kirchner, en diciembre del año 2004, mediante el Decreto 1735/04, buscó poner fin a esta situación a través de una oferta de canje para reestructurar una parte de la deuda en default, la cual fue realizada sobre una deuda elegible instrumentada en títulos públicos.

Sin embargo, antes de pasar a la descripción del canje y su impacto en las cuentas públicas, resulta necesario destacar un hecho que suele ser soslayado al momento de realizar cualquier análisis sobre la deuda pública: la posibilidad de realizar una auditoría sobre la deuda pública para analizar su legalidad.

En nuestro país se abrieron varias causas judiciales sobre diferentes procesos de endeudamiento que experimentó nuestro país. El primero y más importante, dada su relevancia histórica, fue la causa judicial Nº 14467 abierta en 1982, conocida como la “Causa Olmos”, ya que Alejando Olmos fue el impulsor de dicha investigación. En la misma se comprobaron los diferentes mecanismos ilícitos y fraudulentos mediante los cuales la dictadura militar que estuvo en el poder entre 1976 y 1982 endeudó al país.ii

Dicha causa tuvo su sentencia en el año 2000, luego del fallecimiento de quien fuera su principal impulsor. Sin embargo, y a pesar de las pruebas allí contenidas, dada la prescripción de la acción penal, no hubo ningún tipo de castigo hacia los responsables de una de las mayores defraudaciones al Estado argentino. El expediente fue remitido al Congreso de la Nación, donde nunca prosperó ninguna iniciativa que impulsara la creación de una comisión investigadora sobre el tema. La causa ya lleva más de una década cajoneada a la espera de su tratamiento.

Asimismo, existen otras causas judiciales que actualmente se encuentran bajo investigación y a la espera de una sentencia:

En el año 1998, como consecuencia de una denuncia efectuada por Alejandro Olmos, se abrió una causa para investigar el endeudamiento argentino durante la década del 90, la cual fuera caratulada “Olmos Alejandro s/denuncia por defraudación a la administración pública”.

En el año 2001, luego de una denuncia realizada por los diputados nacionales Elisa Carrió, Mario Cafiero, Graciela Ocaña y Alfredo Bravo, se abrió una causa a los efectos de investigar la legalidad del “megacanje” de títulos públicos efectuado por el Poder Ejecutivo en ese año.

En el año 2006, Alejandro Olmos Gaona junto con Daniel Marcos, radicaron una nueva denuncia por defraudación a la administración pública, solicitando la investigación de la totalidad del endeudamiento externo hasta ese año.

La existencia de estas causas judiciales cuestiona la legalidad y la legitimidad del proceso de endeudamiento desde la última dictadura militar, cuya pesada carga debió afrontar todo el pueblo argentino.

Es por eso que creemos que la suspensión de pagos acontecida en diciembre de 2001, podría haber sido un oportunidad excepcional para haber realizado una auditoría integral de la deuda pública del Estado argentino, y de esa forma haber denunciado y castigado a los responsables internos y externos de las maniobras defraudatorias realizadas contra el Estado, y haber asumido solamente las deudas que fueron contraídas legítimamente.

Sin embargo, el camino elegido fue otro, lo que no resta mérito ni implica descartar la posibilidad de que en un futuro pueda realizarse una auditoría que tenga efectos reales y que sitúe al país en una mejor posición para enfrentarse a los acreedores externos.

3. La oferta de canje

El Gobierno Nacional, a través de la realización del canje, se proponía alcanzar una dinámica de deuda que sea sustentable en el tiempo, lo cual requería:

  • Compatibilizar los requerimientos de servicios de deuda con la capacidad de pago de la nueva estructura económica argentina.

  • Crear las condiciones para fortalecer la previsibilidad fiscal.

  • Disminuir la vulnerabilidad frente a shocks externos.

Según puede observarse en el Cuadro N° I, la deuda a reestructurar al 31 de diciembre de 2004 era de U$S 110 mil millones aproximadamente. De dicho importe, el monto de títulos públicos en default totalizaba U$S 102,5 mil millones. De este importe, la deuda elegibleiii presentada al canje equivalía a U$S 81,8 mil millones; mientras que los U$S 20 mil millones restantes se correspondían con intereses caídos entre el 31 de diciembre de 2001 y el 31 de diciembre de 2003 que no fueron reconocidos en la oferta de canje.iv

Asimismo, la deuda elegible estaba compuesta por 152 bonos y se encontraba emitida en seis monedas distintas, y sometida al arbitrio de ocho legislaciones diferentes.

Cuadro 1

La propuesta realizada durante el mes de marzo de 2005 contempló la emisión de nueva deuda con las siguientes características:

  • Emisión de 3 tipos de bonosv: Par, Descuento, Cuasi-Par; en 4 monedas y con 4 legislaciones distintas, lo que equivalió a un total de 11 nuevos bonos.
  • Una quita del 66,3% para los Bonos Descuento y de un 30,1% para los Bonos Cuasi-Par.
  • Fecha de emisión de los nuevos bonos: 31 de diciembre de 2003.
  • Los bonos incorporaron la emisión de unidades ligadas al crecimiento del PBI respecto del sendero de crecimiento planteado como Caso Base por el gobierno argentino. Esto implica el pago del 5% del excedente del PIB, calculado como la diferencia entre PIB real y el Caso Base.vi
  • Los Bonos Par, Descuento y Cuasi-Par emitidos en pesos poseen un ajuste del capital de acuerdo a la evolución del CER.vii.
  • Capitalización de intereses en el caso de los Bonos Descuento y Cuasipar.
  • Los tenedores de Bonos Par y Descuento recibirían el 1º de abril de 2005, en efectivo, los intereses acumulados y vencidos a esa fecha, desde el 31 de diciembre de 2003.
  • Recompra de deuda nueva por mayor crecimiento del PIB respecto del Caso Base. Los recursos destinados equivaldrían al 5% del excedente del PIB, utilizados exclusivamente a la recompra de la nueva deuda emitida en el canjeviii entre los años 2005 y 2010.

4. Resultado del canje

Al finalizar la reestructuración anunciada, la deuda “vieja” efectivamente canjeada ascendió a U$S 62.318 millones, lo que equivalió a un 76,18% de la deuda elegible (U$S 81.000 millones). Teniendo en cuenta su distribución entre los diferentes instrumentos posibles (Cuadro N° II), el monto de deuda nueva emitido al canjear los títulos públicos presentados fue de U$S 35.261 millones.

Cuadro 2

De acuerdo con lo mencionado anteriormente, la nueva emisión contempló un total de 11 nuevos bonos. En el Cuadro N° III puede observarse la distribución por montos de acuerdo con la moneda de emisión y la legislación a la que quedaron sometidos.

Luego de finalizado el canje se promulgó la Ley Nº 26.017 que estableció que el Gobierno Nacional no podía reabrir el proceso de canje establecido en el Decreto N° 1735/05. Por lo tanto, el grupo de acreedores que no aceptó el canje (23,9%) denominados holdouts, conformaron un grupo de deuda remanente que no podía ser refinanciada hasta tanto no se promulgue una ley que así lo dispusiera.ix

Asimismo, el resto de la deuda que en el año 2001 ingresó en situación de diferimiento de pago, aún se encuentra pendiente de reestructuración, y dentro de estas obligaciones se encuentran las agrupadas en los segmentos de Bilaterales (incluye Club de París), Banca Comercial, Proveedores y Otras.

De esta forma, la deuda pública quedó dividida en tres subconjuntos: a) Aquellas obligaciones regularizadas o performing que representan la mayoría de los pasivos; b) Aquellas en situación de pago diferido y en vías de reestructuración y c) Los viejos bonos o “deuda elegible” no ingresados al canje.

Cuadro 3

Ahora bien, al momento de analizar el impacto de la reestructuración de la deuda efectuada en el año 2005, resulta importante considerar algunos indicadores que pueden dar una perspectiva sobre el avance que significó el mismo con respecto a la situación pre-canje y, en especial, al momento de la declaración de la suspensión de pagos en el año 2001.

Cuadro 4

En particular, podemos diferenciar dos enfoques de análisis: la sustentabilidad cambiaria y la sustentabilidad fiscal. Con respecto a la primera, podemos resaltar que la operación de canje, al reducir el stock de deuda pública denominada en moneda extranjera, morigeró la exposición de las finanzas públicas al riesgo cambiario pues una gran parte de los nuevos títulos fueron emitidos en moneda local (44%).

En las evaluaciones tradicionales de las calificadoras internacionales de riesgo, una variable fundamental es la relación deuda en moneda extranjera/exportaciones. Ello indica que una de las principales preocupaciones es la disponibilidad de divisas para cumplir con los servicios de la deuda en moneda extranjera. Como puede verse esta relación disminuyó de 5,25 veces en 2001 a 1,65 veces en 2005. Esto fue consecuencia de la reducción del monto de deuda pública en moneda extranjera como por el fuerte aumento en el valor de las exportaciones producto de la devaluación de la moneda en el año 2002.

Si se apela al enfoque macroeconómico convencional, la teoría establece que un determinado nivel de deuda pública es considerado sustentable si el superávit primario aplicado a pagar intereses permite mantener constante en el tiempo la relación deuda pública/PBI. Es así, que al observar la evolución de esta relación, se pueden realizar dos comentarios: el primero es que el shock que significó la devaluación realizada en el año 2002 impactó fuertemente sobre dicha relación, y puede apreciarse que luego de la reestructuración del año 2005 la misma se sitúa en un nivel superior a la del año 2001, pero sensiblemente inferior al registrado en 2004. Sin embargo, a diferencia de las estadísticas oficiales, al momento de determinar la relación Deuda Pública/PBI sería pertinente incluir la deuda pública en default que no ingresó al canje (holdouts), la que representa a diciembre de 2005 U$S 23.556 millones, con lo cual dicho ratio sería del 84% en lugar del 71% anteriormente mencionado.

En este sentido, si consideramos el tipo de cambio del año 2001 puede verse que el crecimiento del PBI tuvo un efecto positivo sobre esta relación, ya que dicho ratio experimentó una marcada reducción durante todo el período. De esta forma, puede apreciarse que el proceso de reestructuración implicó un alivio en materia fiscal y ha permitido aumentar la sustentabilidad fiscal de la deuda pública.

Por otra parte, si analizamos la deuda pública por sector residente, puede observarse que el canje representó a diciembre de 2005 una importante herramienta que permitió disminuir no sólo la deuda pública como fuera mencionado anteriormente, sino también y, fundamentalmente, la deuda externa, la cual se reduce 4,4 veces respecto de diciembre de 2004, al pasar de un 60,6% a un 50,8% de la deuda pública total.

Cuadro 5

Por último, además del cambio positivo que tuvo el canje en los indicadores antes descriptos, resulta importante poder evaluar cómo fue el impacto sobre los vencimientos futuros de deuda. Esto es, comparar los flujos de vencimientos que tenía la deuda “vieja” en relación con la deuda reestructurada. Este tipo de análisis resulta particularmente interesante dado que no fue realizado con anterioridad, y da cuenta de cuál fue el impacto en el monto total de endeudamiento y en el horizonte temporal de los vencimientos de deuda.

Para realizar dicho análisis se tuvieron en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Se incluyeron los pagos por las unidades ligadas al PBI. Este instrumento se utilizó con el objetivo de que el canje resultara más atractivo a los inversionistas, sin embargo, resultó ser un mecanismo muy cuestionable, dado que garantiza a los acreedores un pago futuro en función del crecimiento real de nuestro país en comparación con un caso base, el cual fuera elaborado con una estimación de tasas de crecimiento a 30 años muy inferiores a las que podrían darse en un país como Argentina, que salía de una crisis fenomenal como la del año 2001. La realidad terminó demostrando que las mismas fueron muy superiores a las estimadas. El costo total para nuestro país es de U$S 29.900 millones, dado que su emisión contemplaba un tope de pago del 48% del valor nocional emitido (U$S 62.300 millones). Este costo no es incorporado en las estimaciones oficiales sobre los resultados del canje, pero a nuestro entender resulta pertinente incorporarlo porque representa un compromiso de pago futuro por parte de nuestro país.
  • La emisión de nuevos bonos contemplaba la capitalización de intereses, así como también el ajuste por inflación de acuerdo con el coeficiente de estabilización de referencia. Aquí se tomará la evolución oficial del mencionado índice.

Según el anuncio oficial del gobierno, como consecuencia del canje la quita de deuda había sido de un 65%.x Ahora bien, dado que para realizar este cálculo se consideró a la deuda que no ingresó al canje (U$S 20.000 millones aprox.) y que la misma se mantuvo dentro los registros de la deuda pública, pudiendo ser canjeada mediante la promulgación de una nueva ley que así lo habilite, nos parece pertinente señalar que bajo estas condiciones la quita habría sido de un 57%.

Sin embargo, la quita difiere cuando incorporamos las consideraciones recién mencionadas, para lo cual se calculó para el año 2005 el valor actual de la deuda reestructurada en comparación con la deuda “vieja”xi. Según puede verse en el Gráfico N° I, si utilizamos como tasa de descuento la tasa Liborxii a 6 meses de enero de 2005, la cual constituye una tasa de referencia a nivel mundial, el valor actual de la deuda reestructurada (U$S 83.160 millones) resultaba inferior al de la deuda “vieja” (U$S 113.000 millones) en U$S 29.000. Ahora bien, teniendo en cuenta que la tasa del último bono de largo plazo emitido antes del default del año 2001 en el megacanje era del 15,5%, según se observa en el Gráfico N° II, el valor actual de la deuda reestructurada (U$S 16.690 millones) resultaba inferior al de la deuda “vieja” (U$S 69.833 millones) en U$S 47.143.

Por lo tanto, de acuerdo con este análisis, el ahorro para nuestro país habría sido del 26% y 73% respectivamente. Esto fue consecuencia tanto de la quita como del alargamiento en la vida promedio de la deuda y en el horizonte temporal de pagos.

Grafico 1

Grafico 2

A su vez, según puede observase en el Gráfico N° III, se consiguió un alivio temporal en los vencimientos de corto plazo, lo cual resultaba muy beneficioso dada la situación económica en la cual se encontraba el país. Por otra parte, en el mediano plazo los flujos de pago por los nuevos bonos son similares a los de los “viejos”, mientras que en el largo plazo los pagos son claramente superiores.

Grafico 3

De esta forma, podemos concluir que el canje resultó beneficioso no solo por los cambios positivos que provocó en los indicadores económicos, sino también por la reducción que provocó en el monto total de endeudamiento. A su vez, el alargamiento de los vencimientos futuros permitió un alivio temporal en las necesidades presupuestarias para atender los pagos de la deuda, permitiendo el uso de recursos para la reconstrucción del país que estaba saliendo de la peor crisis de su historia.

5. El canje a la luz de la coyuntura económica

La actualidad encuentra nuevamente a la Argentina, como tantas otras veces en su historia, en una restringida situación cambiaria. La extrema holgadez de la balanza comercial parece haber quedado en el pasado y las recurrentes fugas de capitales han obligado al gobierno nacional a tomar múltiples medidas para resguardar las divisas, entre ellas el llamado “cepo cambiario”. Bajo esta luz es que debemos analizar el tipo de deuda resultante del canje aquí estudiado.

Más allá del riesgo cambiario que diferencia el endeudamiento en diferentes divisas (una apreciación del euro aumentaría el costo de los servicios así denominados), la deuda debe dividirse en dos clases esenciales: la denominada en moneda del país emisor y la denominada en divisas (monedas de otros países). A pesar de que existe una forma de valuar en forma conjunta estos pasivos (el tipo de cambio, oficial o no), las diferencias entre ellos son esenciales. Realizar una promesa de pago en una moneda ajena, implica someterse a las políticas económicas establecidas por el país impresor de la misma. Toda decisión que influya en los flujos de fondos financieros internacionales (tasas de interés, inversión extranjera directa) así como comerciales (estímulos al consumo, niveles de apertura, medidas para arancelarias, etc.) puede reducir la capacidad de pago de nuestro país a futuro, estableciendo ritmos de crecimiento, crisis de balanza de pagos e incluso presiones inflacionarias.

Es por esto, que más allá de las discusiones acerca del nivel adecuado de endeudamiento en moneda propia y del impacto del mismo en la economía, la maniobrabilidad del mismo es sin duda infinitamente mayor tras el canje. Sobre todo considerando la coyuntura argentina, donde convertir los pesos cobrados en dólares resulta virtualmente imposible para el acreedor.


Bibliografía

  • Galasso, Norberto. De la banca Baring al FMI. Historia de la deuda externa argentina (1824-2001), Buenos Aires, Colihue, 2002.
  • Olmos, Alejandro. Todo lo que usted quiso saber sobre la deuda externa y siempre le ocultaron, Buenos Aires, Continente, 2006.
  • Schvarzer, Jorge. “La experiencia argentina de renegociación de la deuda externa: limitaciones y perspectivas”, en: La crisis de la deuda externa en América Latina, México DF, Fondo de Cultura Económica, 1987.
  • Schvarzer, Jorge; Finkelstein Hernán. “Renegociación de la deuda: un panorama confuso de montos, quitas, pagos y sustentabilidad futura”, en: Notas de Coyuntura N°16, Buenos Aires, CESPA, FCE-UBA, 2004.
  • Toussaint, Eric. La bolsa o la vida, las finanzas contra los pueblos, Buenos Aires, CLACSO, 2004.

Anexo I

Cuadro


Anexo II

Cuadro


Oferta de Canje 2010

A través del Decreto 563/2010 del 26 de abril de 2010 y en función de lo normado por la Ley 26.547, se dispuso la reestructuración de la deuda del Estado Nacional. El objeto de la oferta era reestructurar y cancelar las obligaciones de deuda que estaban en default desde el año 2001, representadas por los títulos públicos que fueran elegibles para el canje dispuesto en el Decreto Nº 1735/04 y que no hubiesen sido presentados al mismo.

Asimismo, se buscaba terminar con los procedimientos legales contra el país respecto de aquellos títulos. Justamente, en la invitación se estableció como condición para la participación que los tenedores se comprometieran a terminar con cualquier demanda administrativa, litigiosa o arbitral en contra de la Argentina. A su vez, se estipuló que los términos y condiciones financieros que contenía la oferta no podían ser iguales ni mejores que los ofrecidos a los acreedores en la reestructuración del año 2005.

Por otro lado, en virtud de la cláusula “Derechos Respecto de Futuras Ofertas”, contenida en los títulos emitidos en el marco de la reestructuración del año 2005, se ofreció a los tenedores de Bonos Par 2005, Descuento 2005 y Cuasipar 2005 el derecho a participar de la oferta de canje.

El monto de los títulos elegibles anteriores a 2005 asciende a U$S 18,3 miles de millones, incluyendo U$S 17,6 miles de millones de capital y U$S 700 millones de intereses devengados e impagos hasta el 31 de diciembre de 2001. Este monto de los títulos elegibles reconoce el monto de valor residualxiii al 31 de diciembre de 2001, e incluye los intereses devengados e impagos hasta el 31 de diciembre de 2001. El tenedor no recibirá pago alguno por cualquier período posterior al 31 de diciembre de 2001 respecto de los intereses devengados e impagos sobre los títulos anteriores a 2005 ofrecidos.

A efectos de la oferta, se divide a los tenedores en 2 categorías: por un lado, los “Tenedores Mayoristas” que son aquellos que ofrecen títulos elegibles por un monto igual o mayor a U$S 1 millón, y por el otro, los “Tenedores Minoristas” que son todos aquellos que ofrecen una cifra menor.

La oferta de canje, a su vez, ofreció características distintas para los tenedores de títulos elegibles anteriores a 2005 y para aquellos títulos emitidos en la reestructuración de 2005.

Oferta de canje para títulos anteriores a 2005

Los tenedores de títulos elegibles anteriores a 2005 podían optar entre dos opciones:

  1. Opción Descuento

Si el tenedor elige o es asignado a la Opción Descuento recibirá:

  • Bonos Descuento con vencimiento en 2033;

  • Bonos Globales con vencimiento en 2017;

  • Unidades Vinculadas al PBI con vencimiento a más tardar en 2035.

El valor nominal original de la emisión de Bonos Descuento contempló los intereses capitalizados desde diciembre de 2003, y en caso de la emisión en pesos, la actualización del capital por la inflación.

  1. Opción Par

Si el tenedor elige la Opción Par recibirá:

  • Bonos Par con vencimiento en 2038;

  • Pago en efectivo;

  • Unidades Vinculadas al PBI con vencimiento a más tardar en 2035.

El valor nominal original de la emisión de Bonos Par contempló, en caso de la emisión en pesos, la actualización del capital por la inflación.

Descripción de los nuevos títulos

  1. Bonos Descuento

  • Denominados en tres monedas: Peso Argentino, Dólar Estadounidense y Euro;

  • Bajo tres Leyes Aplicables: de Nueva York (EEUU), del Reino Unidos y Argentina;

  • Se reconocerá un Valor Nominal equivalente al 33,7 % del monto elegible de los títulos ofrecidos;

  • Vencimiento en 2033;

  • No existe límite a la asignación de Bonos Descuento;

  • Los denominados en pesos se ajustan por inflación aplicando el CER;

  • La tasa de interés anual es 8,28% para los denominados en dólares, 7,82% para los denominados en euros y 5,83% para los en pesos;

  • Parte de los intereses se pagan en efectivo y otra se capitaliza (hasta 2013):

Cuadro 1

  1. Bonos Par

  • Denominados en tres monedas: Peso Argentino, Dólar Estadounidense y Euro;

  • Bajo tres Leyes Aplicables: Nueva York, Inglesa y Argentina;

  • Se reconocerá un Valor Nominal equivalente al 100% del monto elegible de los títulos ofrecidos, o sea, no hay quita;

  • Vencimiento en 2038;

  • El límite de emisión de Bonos Par es hasta un monto de valor nominal de U$S 2 mil millones. Si el tenedor elige recibir Bonos Par y el monto que debería recibir supera al monto máximo de emisión, los títulos elegibles que no puedan canjearse por Bonos Par en razón del límite se canjearán por Bonos Descuento;

  • Los denominados en pesos se ajustan por inflación aplicando el CER;

  • Todos los intereses se pagan en efectivo;

  • La tasa de interés anual para los denominados en dólares, en euros y en pesos es:

Cuadro 2

  1. Bonos Globales 2017

  • El monto de valor nominal de Bonos Globales 2017 es igual a U$S 0,2907576, € 0,2726930 o $ 0,2657117 por cada U$S 1, € 1 o $ 1 de valor nominal de Bonos Descuento que se recibe en canje por los títulos elegibles anteriores a 2005. Este monto es igual al monto total de intereses que el tenedor hubiera recibido en efectivo sobre los Bonos Descuento con respecto al período entre el 31 de diciembre de 2003 y el 31 de diciembre de 2009, teniendo en cuenta, en el caso de la emisión en pesos, de la actualización por la inflación.

  • Denominados en Dólar Estadounidense;

  • La Ley aplicable es la de Nueva York;

  • Vencimiento en 2017;

  • La tasa de interés anual es igual a 8,75%;

  • Todos los intereses se pagan en efectivo.

  1. Pago en efectivo

  • Un pago en efectivo de U$S 0,0823250, € 0,0743000 o $ 0,0517113 por cada U$S 1, € 1 o $ 1 de valor nominal de Bonos Par que se recibe en canje por los títulos elegibles anteriores a 2005. Este monto es igual al monto total de intereses que el tenedor hubiera recibido en efectivo sobre los Bonos Par con respecto al período entre el 31 de diciembre de 2003 y el 30 de septiembre de 2009, teniendo en cuenta, en el caso de la emisión en pesos, de la actualización por la inflación.

  1. Unidades Vinculadas al PBI

  • Un Valor Nocional de Unidades Vinculadas al PBI igual al Monto Elegible de Títulos Elegibles anteriores a 2005 que el tenedor ofrezca;

  • Denominados en la misma moneda que los Bonos Descuento o Par que se reciba a cambio de los títulos anteriores a 2005. Lo mismo aplica para la Ley bajo la cual están amparados;

  • Vencimiento en diciembre de 2035 o cuando se alcance el límite máximo de pago (48% del monto nominal emitido), lo que antes ocurra;

  • Las condiciones de pago y de cálculo son similares a las planteadas en el caso de las Unidades Vinculadas al PBI de la Oferta de Canje de 2005 (analizadas en el Anexo II).

Oferta de canje para títulos emitidos en el Canje 2005

Este ofrecimiento se basa en la cláusula contenida en los títulos elegibles 2005 llamada “Derechos respecto de Futuras Ofertas”. Los tenedores de títulos elegibles 2005 pueden elegir o se les puede asignar la Opción Descuento o la Opción Par con respecto a los títulos que ofrezcan. En el primer caso solo recibirán Bonos Descuento, mientras que en el segundo recibirán Bonos Par.

La nueva oferta de canje ha tenido en cuenta las siguientes cuestiones:

  • El canje se realizaría sobre el valor nominal original de los títulos elegibles 2005, o sea, el valor nominal al 31 de diciembre de 2003, sin ajuste alguno por intereses capitalizados ni ajuste por el CER.

  • Los tenedores de títulos 2005 ya han recibido las Unidades Vinculadas al PBI emitidas en virtud de la oferta de Canje en 2005, razón por la cual las mismas no les serán asignadas en esta Oferta.

  • Dado que los tenedores ya han recibido los pagos de intereses entre 2003 y 2009, no recibirán Bonos Globales ni pagos en efectivo.

  • Estos mismos tenedores ya han recibido los pagos pertenecientes a la Unidades Vinculadas al PBI hasta la última fecha de pago, por lo que el monto de títulos nuevos que reciban estos tenedores tendrá deducido dichos pagos.

  • Un ajuste que refleje la diferencia de los intereses pagados entre los bonos canjeados y los bonos que se reciben.

  • Los tenedores de títulos elegibles 2005 han tenido la oportunidad de reinvertir los pagos recibidos en concepto de intereses y cupones del PBI, por lo que del monto de títulos nuevo que reciban se restará el producido de dicha reinversión (a una tasa de reinversión prevista).

  • Los honorarios se descontarán del monto a recibir por el tenedor.

Resultado de la Oferta de Canje 2010

En un contexto internacional con turbulencias, en donde Europa vivía una crisis económica y regional sin precedentes, se desarrolló el canje de deuda propuesto por la Argentina. Si bien esta situación internacional volátil, podría haberse supuesto a priori como un grave condicionante del canje o, directamente, destinarlo al fracaso como muchas voces lo habían indicado, sin embargo no influyó en el mismo de manera determinante.

Las cifras finales de adhesión muestran que ingresaron aproximadamente U$S 12.200 millones, lo que implica un 67% de aceptación. xvii A su vez, alrededor de U$S 10.200 millones optaron por el Bono Descuento y otros U$S 2.000 millones por el Par.xviii

Si se suman estos resultados a aquellos derivados del canje efectuado en 2005 puede afirmarse que más del 91% de la deuda declarada en default en 2001 ha sido regularizada y reestructurada. Esto significa que 9 de cada 10 inversores han aceptado las ofertas de reestructuración que realizó el país, lo cual lo sitúa en una mejor posición judicial frente a los que han decidido no ingresar en ninguna de las dos operaciones y litigar contra la Argentina. Estos “fondos buitre” constituyen menos del 9% de la deuda en cesación de pagos, y representan alrededor de U$S 6.800 millones. Esto no implica que la Argentina tenga el camino allanado; al contrario, estos fondos especulativos seguirán recurriendo a los tribunales internacionales para intentar cobrar el 100 %, pero el hecho de haber realizado dos ofertas de canje deja sentada la predisposición argentina de terminar con el tan mentado default.


Notas

i Galasso, Norberto, De la banca Baring al FMI. Historia de la deuda externa argentina (1824-2001), Buenos Aires, Colihue, 2002, p. 7
ii Ver Olmos, Alejandro. Todo lo que usted quiso saber sobre la deuda externa y siempre le ocultaron, Buenos Aires, Continente, 2006.
iii La deuda elegible es la parte de la deuda en default que ingresó al canje de deuda.
iv Se denomina de esta forma a los intereses devengados, esto es aquellos intereses que se correspondían con un período de tiempo ya transcurrido y que no fueron pagados.
v Las características de cada tipo de bono pueden observarse en el Anexo I.
vi Las características de la emisión de los Cupones del PBI pueden observarse en el Anexo II.
vii El Coeficiente de Estabilización de Referencia es un índice de ajuste diario, elaborado por el Banco Central de la República Argentina. Este indicador refleja la evolución de la inflación, tomando como base de cálculo la variación registrada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC.
viii Las recompras de títulos emitidos en el canje pueden observarse en el sitio web del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas: http:/www.mecon.gov.ar/finanzas/sfinan/documentos/recompras.pdf
ix Dicha ley fue promulgada por el Congreso el 18 de noviembre del 2009, habilitando la renegociación de la deuda en manos de los holdouts. Ver Anexo III.
x Este porcentaje surge del cociente entre la deuda nueva (U$S 35.000 millones aprox.) y la totalidad de los títulos públicos en default (U$S 102.000 millones aprox.).
xi Con valor actual nos referimos a la suma de los flujos de pagos que representaba cada estado de situación (pre-canje vs. post canje) descontados a una determinada tasa para el año 2005.
xii Tasa Libor: Es la tasa de ofrecimiento interbancaria de Londres de la British Bankers Association fijada en dólares. Se fija diariamente a las 11.00, hora de Londres. Es un promedio de las tasas provistas por los bancos de la asociación. En este caso es de 2,67%.
xiii El valor residual de un bono equivale al valor nominal menos las amortizaciones.
xiv Informe de Deuda Pública al 30-09-2010, Subsecretaría de Financiamiento, Secretaría de Finanzas, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
xv Resultados de la Oferta de Canje (versión en inglés) 2-07-2010, Subsecretaría de Financiamiento, Secretaría de Finanzas, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
xvi El valor residual de un bono equivale al valor nominal menos las amortizaciones.
xvii Informe de Deuda Pública al 30-09-2010, Subsecretaría de Financiamiento, Secretaría de Finanzas, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
xviii Resultados de la Oferta de Canje (versión en inglés), 2-07-2010, Subsecretaría de Financiamiento, Secretaría de Finanzas, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

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