Ambiente y desarrollo | Centro Cultural de la Cooperación

Ambiente y desarrollo

06/09/2023

En este documento (adjunto) queremos mostrar cual es la posición de Milei en el tema ambiental, y cuales son las posiciones hoy vigentes en el mundo, en particular en su "eje del bien", la Unión Europea y Estados Unidos

Milei defiende una teoría económica particular en relación al ambiente, que es necesaria entender. Los manuales de teoría económica hablan del ambiente como una externalidad negativa que no puede resolver el mercado, sino que deben reglamentarse o en última instancia, resolverlo mediante acuerdos entre privados para internalizar los daños ambientales (teorema de Coase). 

Milei critica estas teorías y niega la existencia de externalidades. Inspirado en Rothbard, dice que la propiedad privada puede resolver estos problemas si la extendemos a los recursos naturales, y solo la justicia podría imponer sanciones ya que se interpretan como afectando a la propiedad privada

Milei pregona la sanción de hechos que afectan derechos privados en concreto y no se anticipan ni se otorgan derechos derivados de un problema común, negando la existencia de un problema ambiental. Eso podría derivar en una industria del juicio ambiental.

La escasez como única explicación lleva a concluir que en el caso del agua, la propiedad privada es la mejor solución y esta ocurrirá cuando sea escasa. La contaminación de un río, en este caso, es funcional a un proyecto privatizador de todos los espacios comunes de la sociedad. La escasez llega por la degradación de las condiciones ambientales.

En la práctica, la histórica contaminación del Riachuelo por parte de las empresas de curtiembre no llevó a que alguien quiera comprar el Río para poder sancionarlos y cobrar por esa depredación, sino que el Estado se tuvo que hacer cargo debido al abandono y la degradación ambiental y social. 

Otro caso es el de Uruguay en la actualidad, que se quedó sin agua por falta de planificación de las empresas a cargo de hacer las obras y por los ajustes de gasto público realizados por el Estado. Esa escasez no se resuelve con la propiedad privada, sino con inversiones que los privados no están dispuestos a hacer.

Al contrario de lo que dice Milei, la contaminación no contribuyó a la apropiación para cobrar beneficios, sino todo lo contrario: quienes coexistían con la contaminación “votaron con los pies”, mudándose y convirtiendo la zona en un lugar de bajo valor, tierra de nadie y ausente de propiedad.

En consecuencia, sólo quedaron habitando las zonas vulnerables quienes no poseen acceso a la propiedad. Es por esto que existen tantos asentamientos irregulares y barrios populares a la vera del Riachuelo o los rellenos sanitarios. A su vez, el retiro del Estado con su regulación permitió más contaminación y verdaderas economías del descarte. La injusticia ambiental generó y amplió la injusticia social.

Entre los múltiples argumentos en favor de proteger el ambiente a través de reglamentaciones y la intervención estatal, la que más puede ser escuchada por la oposición es que los principales potencias mundiales están muy atentas a estas cuestiones en el comercio internacional, siendo ese tema uno de los argumentos esgrimidos por los países de la Unión Europea para no cerrar el Acuerdo de Libre Comercio con el Mercosur.

Pero además cabe mencionar que varios organismos internacionales están trabajando en regulaciones ambientales que comprometen a los países miembros, entre los cuales se encuentra Argentina.

A principios de 2021, la Comisión Europea adoptó un grupo de propuestas legislativas enfocadas en realizar modificaciones en el marco normativo ambiental de la Unión, especialmente en lo referido al mercado de derechos de emisión de carbono. A partir de la implementación del mecanismo de ajuste en frontera propuesto, se busca encarecer las importaciones mediante la fijación de un precio a la importación de aquellos productos identificados como de mayor riesgo de fuga que actualmente reciben bonos gratuitos de emisión (electricidad, aluminio, fertilizantes, productos siderúrgicos y cemento), procedentes de países con legislaciones ambientales menos estrictas que las vigentes en la UE.

La reciente publicación de la base de datos Trade and Environment Database (TREND) permite identificar normas y disposiciones ambientales incluidas en 630 distintos Acuerdos de Integración Comercial firmados entre 1947 y 2018. Desde la década de 1990 las disposiciones ambientales se incorporaron al texto de los acuerdos de manera creciente, pasando de un promedio de 8 disposiciones ambientales por acuerdo en dicha década a un promedio de 50 entre 2010 y 2018.

Esa tendencia es considerablemente mayor en los acuerdos entre países desarrollados y países en desarrollo, los llamados acuerdos Norte-Sur, que incluyen en promedio 32 normas ambientales por acuerdo, mientras que los acuerdos Norte-Norte incorporan en promedio 12 normas y los Sur-Sur 8. Los países que más disposiciones ambientales incluyen en sus acuerdos son EEUU, Canadá y los miembros de la Unión Europea. 

Para un país como Argentina, cuyas exportaciones se explican en un 65% por productos derivados de los recursos naturales (soja, hidrocarburos, litio, minería) las medidas ambientales que se toman a nivel global son muy relevantes.

Negar la cuestión ambiental es ponerse a contramano de las tendencias del comercio internacional, sobre todo de países que para Milei forman un eje del bien: la Unión Europea y Estados Unidos.   

Este debate debe mostrarnos la necesidad de políticas ambientales más vigorosas, que debe pasar por una discusión sobre la regulación de los recursos estratégicos y la importancia de la propiedad pública de los mismos, como lo demuestra el caso de YPF.

 

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