Archivo de Junio de 2009

Concentración mediática en Venezuela

Por César Zubelet, periodista e investigador del Departamento de Comunicación del CCC.

En la Republica Bolivariana de Venezuela los principales grupos que detentan el control del espacio radioeléctrico, son los dueños de las plantas televisivas RCTV y Venevisión. Juntas concentran el 85% de la inversión publicitaría en medios de comunicación, el 66% del poder de transmisión, dominan las redes de difusión de la señal, y controlan el 80% de la producción y elaboración de mensajes informaciones y contenidos que se difunden en el país.

 

En la actualidad hay veintisiete familias que controlan trescientas emisoras de las más de novecientas setenta que utilizan el espacio radioeléctrico, esto constituye lo que se denomina latifundio mediático.

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Nuevo libro del Departamento de Comunicación

“Voces: propuestas y debates hacia una nueva ley de medios”

 Por Luciana Mignoli, integrante del Departamento de Comunicación

La Ley de Radiodifusión (22.285) es un decreto ley dictado en 1980 por la última dictadura militar que hizo de la comunicación un sistema funcional a sus intereses: encubrir el plan sistemático de tortura, asesinato y desaparición de personas desplegado en todo el país, condición necesaria para implementar un nuevo sistema político-económico. Esta ley está vigente hace casi 29 años, de los cuales 25 transcurrieron en democracia.

Quienes integramos el Departamento de Comunicación del Centro Cultural de la Cooperación Floreal Gorini nos reunimos cada año para definir los ejes centrales de nuestro trabajo y siempre aparece, sin excepción, el cuestionamiento a la Ley de Radiodifusión, ya que su vigencia atraviesa cualquier discusión sobre políticas y medios de comunicación.

Fue en una de esas reuniones durante el 2008, en la que discutíamos en relación al anuncio del gobierno nacional sobre su intención de sancionar una nueva legislación, que alguien propuso: “¿y si hacemos un libro de entrevistas para contribuir al debate?”

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Ley de Comunicación Audiovisual ¿Cooperativas sin vos?

Entrevista al abogado Miguel Rodríguez Villafañe*

Por Alejandro Aymú, investigador del Departamento de Comunicación

En el marco de discusión sobre el proyecto de Ley de Servicios Audiovisuales de Comunicación, las cooperativas tienen un rol fundamental ante la comunidad y el Estado les debe el reconocimiento de haberles negado el acceso a los medios desde la implementación de la Ley de Radiodifusión y durante los años democracia. El planteo está en la agenda pública.

El movimiento cooperativo se sienta sobre valores tales como la solidaridad, la equidad, transparencia, responsabilidad social y ayuda mutua, pero hay uno de los valores cooperativistas que se plasma en el accionar concreto que es el de “la democracia”. La toma de decisiones por parte de todos los que conforman la comunidad cooperativa. Participación y compromiso son los ejes del cambio. Las entidades cooperativas se formaron en base a un objetivo común basado en la economía solidaria, que va más allá de las finanzas, es un compromiso pleno de quienes la integran.

El Dr. Miguel Rodríguez Villafañe, abogado cooperativista y Presidente de la Asociación Iberoamericana de Derecho a la Información y Comunicación, considera que hay en la Ley actual de Radiodifusión, dos pivotes sobre la cual se asienta esta vetusta reglamentación: “uno era la doctrina de seguridad nacional, que todavía no se ha derogado para vergüenza de los argentinos que tenía que ver con la lógica con la cual se llevó a cabo la violación de los Derechos Humanos (DD.HH.) y el otro el afianzamiento de la lógica neoliberal de una radiodifusión anclada en lógicas exclusivamente comerciales, por eso es que el art. 45 de la ley 22.285 excluía a las entidades sin fines de lucro porque es sólo para entidades comerciales”. Las principales perjudicadas de esta política comunicacional eran las cooperativas y el mutualismo; este movimiento solidario, implicó que en el interior del país, gracias al interés mancomunado de una población se pueda acceder a beneficios básicos para la vida diaria como el gas, la electricidad, etc. ¿Pero dónde se encontraba la traba legal de la Ley? En el Art. 45, allí se exceptúa a la prestación del servicio de radiodifusión a las cooperativas de servicios públicos. Rodríguez Villafañe dice que en actual art. 45 se sigue marginando a las cooperativas, porque pueden ser prestatarias únicamente cuando “no haya otro prestador en el lugar”. Entonces la marginación a este actor social, continúa aún en democracia, lo que llevó a plantear por parte del abogado la inconstitucionalidad de la medida y así fue tomada por la Justicia Federal de la provincia de Jujuy.

¿Continúan las injusticias para las cooperativas en el proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual?

Hay algunos artículos que dejan serias dudas, por ejemplo, en materia de cooperativas de servicios públicos dice que se dará la licencia en la medida que demuestre que es para bien de la población y con un dictamen del tribunal de defensa de la competencia. A mí me gustaría que dijera: qué requisitos quiere, porqué, quién va ser el que va a determinar en base a qué criterios objetivos si están cumplidos esos requisitos, etc.

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